Comunicado de la Junta Directiva: Aspiración de la FEC para ser reconocida como Federación Deportiva dependiente del CSD

Comunicado de la Junta Directiva: Aspiramos a ser reconocidos como Federación Deportiva dependiente del Consejo Superior de Deportes

 16-2-2024

El presente articulo tiene por objeto informar a los miembros de la Asociación Española de Croquet (en adelante, FEC) de la situación en la que nos encontramos de cara a convertirnos en el futuro en una Federación deportiva dependiente del Consejo Superior de Deporte (CSD) así como de los pasos que se están dando para alcanzar tal fin.

Dentro del marco del Plan Estratégico para el periodo 2020-2025, diseñado por la Junta Directiva anterior y respaldado en la Asamblea General de 14 de julio de 2020, se fijó como objetivo estratégico la constitución de nuestra entidad como Federación Deportiva bajo la tutela del CSD.  

Antes de tomar dicha decisión debemos señalar que, a lo largo del tiempo, se ha suscitado en distintas ocasiones un debate interno acerca de si debíamos buscar el estatus de Federación integrada en el CSD o si debiésemos mantenernos como una asociación de jugadores independiente. En su momento, algunos miembros de la Junta Directiva abogaron por mantener la condición de asociación, argumentando que evitaríamos convertirnos en un órgano administrativo sujeto a una entidad estatal.

Por otro lado, también se argumentó que muchas de las principales entidades deportivas a nivel mundial son, de hecho, asociaciones, como es el caso de la NBA en baloncesto, la PGA de golf o la ATP en tenis. Aunque esta práctica “asociativa” no es común en España, es habitual en el mundo anglosajón sin que ello implique ninguna disminución de importancia o connotación negativa.

No obstante, los beneficios y la cobertura que brindaría, a largo plazo, ser una Federación Deportiva dependiente del CSD inclinaron la balanza a favor de esa opción, aun sabiendo que no va a ser un proceso ni rápido, ni fácil.

Tras la toma de esta decisión, en abril de 2021 se llevaron a cabo las primeras reuniones entre miembros de la Junta Directiva de la FEC y representantes del CSD. Durante esas reuniones, se nos informó sobre las dificultades que enfrentaríamos en este proceso, dado que el CSD no había otorgado el estatus de federación a ningún deporte desde hace 16 años. Esas dificultades parecen ser más el resultado de consideraciones políticas y presupuestarias que de la imparcialidad que se espera de ese organismo frente a solicitudes como la nuestra.

Con todo, el primer paso para llegar a ser reconocidos como Federación sería el reconocimiento del Croquet, por el propio CSD, como modalidad deportiva oficialmente reconocida para lo cual se tienen en cuenta por el citado organismo, entre otros, los siguientes criterios sin que exista una regulación clara al respecto:  

  • La existencia de la correspondiente federación internacional reconocida por el COI.
  • El interés deportivo nacional e internacional de la modalidad.
  • La implantación real de la modalidad deportiva en nuestro país.

Y solo una vez obtenido el reconocimiento de la actividad como modalidad deportiva se podría solicitar la autorización para constituirse en federación dependiente del CSD, para lo que se tendrán en cuenta otros requisitos establecidos en el art. 8.1 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, entre los que se encuentran la viabilidad económica o la existencia de un número mínimo de clubs patrocinadores (la norma exige en concreto al menos 65 clubs y presencia en un mínimo de 6 Comunidades Autónomas).

En este sentido, la Junta Directiva ha llevado a cabo las siguientes acciones: 

  • Con fecha 24 de junio de 2021, la FEC presentó a la Comisión Directiva del CSD escrito de solicitud para el reconocimiento del Croquet como modalidad deportiva. 
  • Con fecha 14 de marzo de 2022 (esto es, casi nueve meses después de haber presentado la solicitud), el CSD acordó “Denegar el reconocimiento del Croquet como modalidad deportiva, por no cumplir los criterios exigidos para su reconocimiento como Modalidad Deportiva”. Esa es toda la motivación que contenía la resolución del CSD. (Como dato anecdótico decir que, en su escrito oficial, el CSD nos informaba de que “el Criquet” no era reconocido como modalidad deportiva conclusión que, además de causarnos sorpresa, pone de manifiesto el interés tomado por parte del CSD en el asunto).
  • Tras haberse recurrido en reposición la resolución del CSD, sin contestación de ese organismo público, con fecha 26 de enero de 2023 se interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo N.º 12 de Madrid. De forma más clara: la FEC ha demandado al CSD exigiéndole que reconozca el Croquet como modalidad deportiva habiendo sido admitido el recurso a trámite por el Juzgado.
  • En el seno de ese procedimiento judicial, nos encontramos a la espera de que el CSD remita el expediente administrativo completo para formular demanda. Ante el tremendo retraso acumulado exclusivamente imputable al CSD, el pasado 11 de enero solicitamos al Juzgado la adopción de las medidas de impulso procesal necesarias y la imposición de multas contra el CSD por el retraso en completar el expediente administrativo, habiendo recaído resolución de fecha 9 de febrero 2024 que insta al CSD a aportar el expediente completo en el plazo de 10 días hábiles.

En la demanda, por parte de la FEC, se defenderá que la resolución denegatoria del CSD no es conforme a Derecho por los siguientes motivos:

  • Vulnera la regla legal del silencio administrativo positivo. Al haber transcurrido más de 3 meses desde la presentación de la solicitud inicial sin respuesta del CSD, la solicitud de la FEC debería haber sido automáticamente estimada, sin que la resolución extemporánea del CSD pueda tener sentido denegatorio.
  • La decisión del CSD de desestimar la solicitud formulada no está mínimamente motivada, ni tan siquiera de forma sucinta, ni especifica cuáles son las razones por las que se desestima tal solicitud.
  • Se ha acreditado sobradamente el cumplimiento de todos los criterios contenidos en el marco legal aplicable para el reconocimiento del Croquet como modalidad deportiva. Para ello la FEC ha presentado todo tipo de documentación; informes médicos, reglamentos, listas competiciones nacionales e internacionales, existencia de organismo internacionales regulatorios del deporte (WCF), rankings nacionales e internacionales, etc.

La FEC aspira a convertirse en una federación deportiva dependiente del CSD y está avanzando a través de acciones legales descritas, si bien es cierto que el proceso va a ser, sin duda, largo en el tiempo.

De forma paralela, la Junta Directiva actual busca ir equiparando la estructura organizativa y el funcionamiento de la FEC al de una federación deportiva dependiente del CSD, aunque, al estar reconocidos como una Asociación de jugadores, estamos obligados a regirnos por su legislación específica.

No obstante, esta situación no impide que se den pasos en ese sentido como lo demuestra la contratación de un seguro para sus asociados equivalente al de cualquier federación dependiente del CSD o que los clubes asociados participen en los órganos de gestión de la FEC. La Junta Directiva actual está compuesta por un presidente, una vicepresidenta, una secretaria, un tesorero y ocho vocales de los cuales tres son representantes de los clubes de las zonas norte, centro y sur de España, elegidos de manera independiente por los propios clubes.

 

Asociación o federación: Una reflexión. 

Cabe destacar que la distinción entre asociación y federación es secundaria siendo lo realmente importante el cumplimiento de la definición esencial de federación deportiva. Esta última se define como "una entidad privada, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica, que reúne a deportistas, técnicos, jueces, asociaciones y otros colectivos dedicados a la promoción o la práctica de una misma modalidad deportiva dentro de su ámbito territorial".

De esta manera, ser una "federación", y utilizar dicha denominación, no requiere necesariamente ni ser una asociación de clubes, ni estar sujeta a la dependencia del CSD. 

Conviene señalar que existen federaciones españolas deportivas, legalmente constituidas, pero que no son dependientes del en el CSD. Tal es el caso con la Federación Española de Artes Marciales (https://www.deamydc.es), la Federación Española de Airsoft (https://federacion-espa-airsoft.es), la Federación Española de Actividades Dirigidas (Fitness, Yoga) (https://www.feda.net), la Federación Española  de Dominó (https://fedomino.com), la Federación Española de Fisicoculturismo (https://ifbbspain.com) o la Federación Española de Fitness (https://fedfitness.org) entre otras.

En nuestro caso, la denominación de nuestra Asociación como “Federación Española de Croquet” está recogida en el Articulo 1 de nuestros Estatutos, aprobada por el Ministerio del Interior al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo y el Real Decreto 1497/2003 de 28 de noviembre por el que se aprueba el reglamento del Registro Nacional de Asociaciones. 

La adopción del término "federación", por parte de la FEC, fue propuesta por la Junta Directiva en el año 2015 y ratificada en la Asamblea de ese mismo año.

Con la esperanza de que la justicia ordinaria nos conceda el derecho que nos ha sido denegado por la Administración Pública, mantendremos a todos informados sobre la decisión judicial final y los pasos subsiguientes que tomaremos desde la federación para lograr el reconocimiento del Croquet como modalidad deportiva y así iniciar el proceso para convertirnos en una federación dependiente del CSD.

 

La Junta Directiva.

 

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